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Aborto Legal: Los Puntos Centrales del Nuevo Proyecto

En el inicio de las Sesiones Parlamentarias, el presidente Alberto Fernández anunció que enviará al Congreso un nuevo proyecto para legalizar el aborto y afirmó que “la sociedad debe respetar a sus miembros a disponer libremente de sus cuerpos”.

Durante el discurso, el presidente, confirmó que remitirá “el proyecto de ley de interrupción del embarazo que legalice el aborto en el tiempo inicial del embarazo y le permita a las mujeres acceder al sistema de salud”, anuncio que fue recibido con aplausos por la mayoría de las personas dentro y fuera del recinto del Congreso.

Incluso destacó que “un Estado que cuida debe acompañar a todas las mujeres” y señaló que “las personas tienen derecho a decidir sobre sus cuerpos”.

Sin dudas, fue uno de los anuncios que más repercutió en el seno de la sociedad. Si bien los detalles técnicos del nuevo proyecto aun no se conocieron, ya trascendió cuales serían los puntos en los que se percibe diferente al del año 2019, de manera tal que pueda conseguir los votos en ambas cámaras para su aprobación. A continuación entonces repasamos los incisos más destacados que abarcaría la nueva redacción.

Inclusión en el Plan Médico Obligatorio (PMO)

La inclusión en el PMO de una práctica médica es la única garantía de acceso igualitario y cumplimiento efectivo y es por eso que este punto es central en el proyecto de ley existente y se espera que también lo sea en el que presentará el Gobierno. Al estar en el PMO, todas las obras sociales, sistemas de salud y prepagas deberán garantizar la práctica de manera gratuita y obligatoria en todo el territorio del país. De hecho, por esto existe un reclamo judicial de Amnistía Internacional y otras organizaciones al Ministerio de Salud desde 2014.

Objeción de conciencia

En la Argentina, las instituciones de salud no pueden excusarse de cumplir la ley en virtud de una supuesta objeción de conciencia institucional. Así lo definió la Corte Suprema en 2012 sobre los abortos no punibles -con causales-. Si bien la Constitución prevé la objeción personal por razones éticas o religiosas, las instituciones deben garantizarlo. Este punto es central para garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, pero en el proyecto existente no está mencionado ya que se considera que si el aborto es un derecho, entonces no puede objetarse y se tiene que garantizar. Esta posición es postulada por la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir.

Esta instancia es optativa y garantiza el acceso a la información “pertinente, precisa, laica, actualizada y científica” sobre el aborto. La mujer o persona gestante puede solicitar una asesoría, pero no es obligatorio ni condición necesaria para la realización: se ofrecen a quienes van a abortar y sólo si la solicitan la tendrán; y deberá ser en el idioma o lengua que la persona gestante se comunique y en formatos accesibles. Hay países en los que se impone una instancia de “consejería” previa al aborto, pero tanto en el proyecto existente como en las posiciones de los feminismos y de las organizaciones de Derechos Humanos, hay consenso en que el aborto es un derecho humano y que el único requisito para acceder debe ser que la persona gestante firme un consentimiento.

Sobre esto no se adelantó nada aun del proyecto del Gobierno y se espera que no se incluya ninguna instancia de consejería previa y obligatoria ni, por ejemplo, lo que existe en Uruguay que es un “período de reflexión” de cinco días antes de acceder al aborto.

Niñas y adolescentes

Cada 4 horas hay un parto de niñas menores de 15 años en la Argentina. De los 685.394 nacimientos del año 2018, 87.118 fueron de adolescentes menores de 20 años. En base a estas estadísticas y a la convenciones internacionales de protección de los derechos de niñas y adolescentes, es clave que el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo esté garantizada entre los 13 y 16 años.

El proyecto de la Campaña dice que si la interrupción voluntaria del embarazo debe practicarse en una persona menor de 13 años, se requerirá su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal (si no lo hubiera, será según la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y otras, pero no se deberá requerir ninguna autorización judicial). Si la interrupción voluntaria del embarazo es requerida por una persona de entre 13 y 16 años, se presume que tiene la aptitud y madurez para decidir la práctica, por lo que basta con su consentimiento.

Hasta las 14 semanas y en 5 días

Se espera que el nuevo proyecto de ley garantice el acceso al aborto de manera voluntaria hasta la semana 14 de gestación: sobre esto, ampliamente discutido en los debates previos al tratamiento en el Congreso de la Nación, hay acuerdo general entre quienes están a favor de la legalización por lo que se espera que no se imponga un límite menor. También se debe garantizar la práctica dentro de los 5 días corridos en que se solicita con el único requisito del consentimiento y sin distinción de origen, nacionalidad, estado de tránsito, residencia y/o ciudadanía de la persona que lo solicita.

A partir de la semana 14, será necesaria alguna causa para el acceso al aborto no punible sin ningún tipo de plazo y sin denuncia judicial -previsto en el Código Penal desde 1921-: riesgo de vida y salud o violación.

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