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Se aprobó la Ley de Alquileres: Te contamos los principales cambios

Por unanimidad de los presentes, el Senado sancionó como Ley el proyecto de Alquileres que tanto tiempo de debate le demando al Congreso. Sin la oposición en el recinto, el Frente de Todos impuso el número y sumó el apoyo del monobloque de Rio Negro cerrando los 41 votos afirmativos.

Antes, el Senado había aprobado también por unanimidad el proyecto de Educación a Distancia y la convirtió en Ley, pero luego de esto la oposición se desconectó de la videoconferencia tras objetar «la inclusión de temas no vinculados a la pandemia de coronavirus».

LOS PUNTOS CLAVES

La nueva ley plantea que los aumentos dejarán de ser semestrales y pasarán a ser anuales. Actualmente, ese porcentaje de actualización se establece en forma arbitraria, según las expectativas de inflación. Con los cambios, pasará a basarse en un indicador que publicará el Banco Central. Estará conformado en partes iguales por el índice de precios al consumidor (IPC), que releva el Indec, y la variación salarial (Ripte), que elabora Anses.

Otro de los puntos respaldado por los inquilinos es el que extiende el mínimo de los contratos de dos a tres años. Esto brinda mayor estabilidad para una familia.

Una actualización del contrato puede superar el 50 por ciento, y una mudanza conlleva nuevos gastos en comisiones, reservas, seguros de caución y depósitos. En cuanto a las garantías, se contemplarán nuevas opciones. El locatario deberá proponer al menos dos alternativas, que pueden ser un título de propiedad, aval bancario o seguro de caución, y el propietario elegirá una.

Otra de las modificaciones tiene que ver con la reducción del depósito de garantía. Pasará a equivaler a un mes de alquiler, y cuando termina el contrato, la devolución deberá ser en el momento de la restitución del inmueble, y actualizada al valor del último mes de alquiler. Con los años, ese depósito inicial perdía valor debido a la inflación acumulada. En la práctica, la legislación permitía pedir de depósito un mes de alquiler por cada año de contrato, y luego la devolución era por el mismo monto, y podía demorarse hasta 90 días en el reintegro.

La renovación de los contratos también tendrá cambios. La nueva ley introduce la obligatoriedad de acordar las condiciones de renovación con tres meses de anticipación, para que el inquilino tenga tiempo para buscar otra vivienda. En la actualidad, el locador no tenía la obligación de avisar con anticipación las intenciones de renovar o finalizar el contrato, y bajo qué condiciones. En la práctica, la poca anticipación podía implicar que el inquilino tuviera menor margen de acción y se viera en la obligación de aceptar las nuevas condiciones. También cambian los plazos para rescindir el contrato. En cualquier momento del primer año se podrá rescindir el contrato y como multa pagar un mes y medio de alquiler. En el segundo y tercer año se podrá rescindir con un mes de multa. Actualmente, no se podía rescindir dentro del primer semestre.

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